El Congreso de la República de Colombia discutió, en su último debate, una reforma del artículo 262 del Código Civil colombiano, que trata del cuidado y la educación de los niños. Este artículo establece que los padres o tutores de los menores tienen la facultad de castigarlos de forma moderada para corregirlos, una ley que permite castigos físicos como "bofetadas" y "chanclazos" o "correazos".
Algunos cambios en el artículo 262
La modificación del artículo 262 pondría a Colombia en consonancia con sus obligaciones en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño, según el Secretario Ejecutivo de la Alianza por la Niñez Colombiana. También anima a desarrollar una estrategia educativa nacional para orientar a las familias y proporcionarles apoyo psicológico para que todos los colombianos tengan las herramientas necesarias para educar y corregir a sus hijos.
Libre elección de las familias en la educación de los hijos
Por otro lado, señalaron que este proyecto respeta la autonomía de cada familia para tomar decisiones educativas en cuanto a sus creencias, cultura, religión o costumbres; se recuerda a los colombianos que todos estos aspectos están protegidos por la constitución y que el único aspecto a modificar es la restricción de la violencia en la corrección y enseñanza de los menores. Estas autoridades destacaron las consecuencias relevantes del castigo físico en relación con la delincuencia juvenil y la pérdida de autoestima.
El senador John Milton Díaz afirmó que, aunque tienen buenas intenciones, en términos de libertades están en áreas que el Estado no debe invadir y que para estos fines ya existen organizaciones como Red Familia Colombia y mecanismos definidos en el Código de la Infancia y la Adolescencia, que está vigente.